El orden mundial basado en normas y el Derecho internacional: entre la pretensión, la realidad y el incumplimiento del Derecho

Desde hace años vengo observando con qué frecuencia los políticos y los medios de comunicación hablan de un „orden mundial basado en normas“ es objeto de debate. La actual disputa entre Estados Unidos y Venezuela ha vuelto a poner este tema sobre el tapete. En el pasado, este término apenas aparecía, pero hoy casi parece un reflejo estándar: si algo ocurre en algún lugar, rápidamente se dice que hay que „defender las reglas“. Al mismo tiempo, he tenido la impresión de que las mismas personas que se refieren a estas normas en particular a menudo ya no se sienten obligadas a cumplirlas ellas mismas en caso de duda. Fue precisamente esta contradicción la que me desconcertó.

Además, cuanto más a menudo se oyen estos términos, más imprecisos parecen. „Basado en normas“ suena claro, pero a menudo sigue siendo impreciso. Y „derecho internacional“ se utiliza a menudo como un sello moral de aprobación, aunque en realidad es un marco jurídico, con condiciones, límites y lagunas. Por eso he decidido examinar más de cerca este tema. No como jurista, sino como alguien que quiere entender qué fue en su día este ordenamiento en su esencia - y en qué radicaba su verdadera fuerza.


Cuestiones sociales de actualidad

Últimas noticias sobre Derecho internacional

06.01.2026: En una declaración inusualmente tajante ante el Consejo de Seguridad de la ONU, el economista estadounidense Jeffrey Sachs elevó el debate sobre Venezuela a un nivel fundamental. Sachs describió la crisis no como una cuestión de actores políticos individuales, sino como una prueba del propio derecho internacional. Se refirió a décadas de intervenciones estadounidenses, cuestionó la legalidad de las sanciones y el uso de la fuerza y advirtió urgentemente de las consecuencias de erosionar las normas de la ONU, especialmente en tiempos de disuasión nuclear. Hace unas semanas, Sachs ya había hecho similares Advertencias en una carta abierta al Canciller Federal Friedrich Merz, en la que también se abordaban posibles infracciones de la ley.


Reunión de Venezuela en el Consejo de Seguridad de la ONU: Jeffrey Sachs reta a la ONU a que se ponga en pie Hindustan Times

05.01.2026Tras la controvertida operación militar estadounidense en Venezuela con la detención del presidente Nicolás Maduro y su traslado a EE.UU., el debate internacional, y en particular alemán, sobre la valoración de la operación está provocando tensiones. Mientras el presidente estadounidense Trump presenta la operación como un éxito en la lucha contra los cárteles de la droga y para la estabilización del país, los críticos subrayan que un ataque militar de este tipo es contrario al derecho internacional. El Tagesschau titula: „Merz debe adoptar una postura clara“. En Berlín, el gobierno alemán aboga por una solución racional y política y por el cumplimiento de las normas jurídicas internacionales, mientras que diversos partidos y actores reaccionan de forma diferente a la acción y piden un amplio debate sobre el papel de Alemania y el futuro de Venezuela.


La idea básica después de las guerras mundiales: el orden a través de las reglas, no a través de la emoción.

Para entender por qué existen el derecho internacional y las instituciones internacionales, hay que remontarse en el tiempo. Tras la experiencia de dos guerras mundiales, muchos Estados se dieron cuenta de que cuando la política internacional se basa únicamente en el poder, las emociones y las represalias, suele acabar en desastre. Así que se necesitaba algo para contener los conflictos, no haciendo a la gente „mejor“, sino limitando a los Estados.

Este es un punto importante: el orden internacional clásico no se concibió como una competición moral para ver quién era el „bueno“. En el fondo, era un sistema pragmático de limitación de daños. Los Estados siguen siendo Estados, con intereses, rivalidades y juegos de poder. Pero deben resolver estos conflictos dentro de un marco que dificulte la escalada. Esto es menos heroico, pero mucho más estable.

Los contratos como base: el compromiso no nace de las buenas palabras

La estabilidad de este orden se basa principalmente en los tratados internacionales. Suena árido, pero es la diferencia decisiva entre un orden percibido y un orden jurídico. Un tratado es incómodo porque concreta las expectativas. Obliga, aunque luego resulte impracticable. Ese es precisamente su propósito.

En la práctica, esto significa que los Estados se ponen de acuerdo sobre las normas, las aceptan voluntariamente y crean así previsibilidad. Esta es la verdadera moneda de cambio de un orden internacional: no la simpatía, ni la superioridad moral, sino la fiabilidad. Si yo, como Estado, sé que el otro Estado cumplirá sus acuerdos, puedo planificar, desescalar y negociar. Si ya no puedo contar con ello, todo comportamiento se convierte en una apuesta, y las apuestas son un pobre sustituto de la justicia.

Por qué parece tan „anticuado“ y por qué es tan importante

Esta lógica contractual parece hoy casi anticuada porque no suena a titular. Es lenta, burocrática y a menudo desagradable. Hay que negociar, aceptar compromisos, a veces incluso tragarse cosas que en realidad se rechazan. Pero así es exactamente como se ha establecido tradicionalmente la estabilidad internacional: no mediante declaraciones morales, sino mediante acuerdos duros y claros.

Una „orden“ sólo es una orden si se aplica en momentos difíciles. Si las reglas sólo se aplican mientras son convenientes, no son reglas sino argumentos situacionales. Y en cuanto otros jugadores se dan cuenta de ello, toda la lógica cambia:

Entonces ya no se plantea la pregunta „¿Qué se ha acordado?“, pero „¿Qué puedo hacer?“.

Las Naciones Unidas: no un Estado mundial, sino un punto de referencia común

El papel de las Naciones Unidas también forma parte de esta lógica de posguerra. Muchos esperan que la ONU sea una especie de gobierno mundial. No es así. La ONU es más bien un marco en el que los Estados hablan entre sí, formulan normas e -idealmente- abordan los conflictos de forma controlada. No sustituyen a los intereses nacionales, no obligan automáticamente a los Estados a ser razonables. Pero sí crean algo que casi siempre falta sin ellas: un punto de referencia común.

Lo importante aquí es que la ONU no es „buena“ porque sea moralmente superior, sino porque ofrece procedimientos. Los procedimientos suelen ser poco románticos, pero son el núcleo del derecho. Cuando faltan procedimientos, el poder decide en última instancia. Y aunque a veces se bloqueen los procedimientos, la idea sigue siendo decisiva: los conflictos no deben resolverse mediante huelgas espontáneas, sino a través de procesos legitimados.

Consejo de Seguridad, poder de veto y realidad: por qué la construcción sigue teniendo sentido

El Consejo de Seguridad de la ONU es un buen ejemplo de lo comprometido que está este sistema. Desde la perspectiva actual, el derecho de veto de los miembros permanentes parece injusto. Históricamente, sin embargo, es también una concesión a la realidad: sin las grandes potencias, tras la Segunda Guerra Mundial no se habría creado ningún sistema al que se hubieran adherido en primer lugar. Por tanto, se optó por una estructura que no es ideal, pero que, en primer lugar, hace posible una plataforma común.

Esta es una característica típica del orden clásico: no intenta que el mundo sea justo. Trata de hacerlo manejable. Y sabe que los Estados no se convierten de repente en ángeles por el mero hecho de firmar una carta. Sin embargo, incluso un conjunto imperfecto de normas puede tener un efecto estabilizador, siempre y cuando los implicados acepten que las normas se aplican incluso cuando son perjudiciales.

Si se quisiera resumir todo en una frase, sería ésta: el orden internacional clásico se nutre de Estados que se obligan. No porque les haga parecer „mejores“, sino porque les beneficia a largo plazo. Porque quienes aceptan las normas generan confianza, y la confianza reduce el riesgo de que los conflictos se descontrolen.

Aquí es precisamente donde comienza el problema, que analizaremos en detalle en el próximo capítulo: En cuanto la autoobligación se sustituye por excepciones, en cuanto las „normas“ se convierten en un concepto flexible que se reinterpreta en función de la situación, el fundamento cambia. Entonces ya no se trata de contratos y procedimientos, sino de interpretación, narrativas y poder.

Y es precisamente en este punto donde un orden jurídico vuelve a convertirse gradualmente en un orden de poder.

Contratos después de la Segunda Guerra Mundial

¿Qué es exactamente el Derecho internacional? - Una clasificación comprensible

El término „derecho internacional“ se utiliza a menudo hoy en día como si fuera una especie de código de derecho mundial con párrafos claros, jueces y consecuencias inmediatas. Sin embargo, es precisamente esta idea la que suele dar lugar a malentendidos y decepciones. Esto se debe a que el Derecho internacional funciona de una manera fundamentalmente distinta al Derecho interno de un Estado.

Durante mucho tiempo he pensado lo mismo que muchos lectores: Se oye constantemente que algo es „contrario al Derecho internacional“ o „amparado por el Derecho internacional“, pero lo que esto significa en realidad a menudo no queda claro. Por tanto, merece la pena dar un paso atrás y analizar qué es realmente el Derecho internacional, y qué no es.

En primer lugar, el punto más importante: no existe un Estado mundial. Y, por tanto, no existe un poder centralizado que haga cumplir automáticamente el derecho internacional. Ninguna fuerza policial internacional que se desplace en cuanto se infringe una norma. Ningún tribunal mundial cuyas sentencias se cumplan siempre y en todas partes.

El derecho internacional no es, pues, un sistema de órdenes, sino un marco normativo. Se basa en el hecho de que los Estados soberanos aceptan las normas porque han reconocido que la estabilidad a largo plazo es más beneficiosa para todos que la arbitrariedad a corto plazo. Esto puede parecer frágil, y lo es. Pero es el quid de la cuestión.

Los Estados como actores centrales

En Derecho internacional, el centro de atención no son las personas individuales, sino los Estados. Los Estados son los sujetos de derecho. Celebran tratados, reconocen jurisdicciones o las rechazan. Esto también significa que un Estado puede eludir el Derecho internacional, al menos en parte, a menudo con consecuencias políticas, económicas o diplomáticas, pero no automáticamente con poder coercitivo directo.

Aquí es precisamente donde el derecho internacional difiere fundamentalmente del derecho nacional. Dentro de un Estado, es casi imposible eludir el sistema legal sin enfrentarse rápidamente a la policía, los tribunales y las sanciones. En el ámbito internacional, esto sólo funciona hasta cierto punto, y precisamente por eso la confianza es tan crucial.

Los principios básicos del Derecho internacional

A pesar de todas las diferencias, existen algunos principios centrales en el derecho internacional que han servido de base durante décadas. Uno de los más importantes es el Soberanía del Estado. En principio, todos los Estados se consideran iguales e independientes. Ningún Estado puede simplemente dictar a otro cómo debe organizar su política interior.

Estrechamente relacionado con esto está el Prohibición de la violencia. En principio, la fuerza militar está prohibida. Suena obvio, pero históricamente es un logro enorme. Durante siglos, la guerra fue un medio legítimo de hacer política. El Derecho internacional intenta poner freno precisamente a esto, no de forma perfecta, pero sí reconocible.

Otro principio básico es el No injerencia en los asuntos internos. Este principio también parece frágil hoy en día, pero es fundamental para entender el orden internacional. Sin este principio, ya no existirían límites claros entre la crítica legítima y el ejercicio de influencia de facto.


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Excepciones que sobrecargan el sistema

Por supuesto, el Derecho internacional también reconoce excepciones. La más importante es la Derecho a la legítima defensa. Si un Estado es atacado, puede defenderse. También existen medidas militares con mandato de las Naciones Unidas, como el mantenimiento de la paz o la contención de conflictos.

Se vuelve problemático cuando las excepciones se amplían o reinterpretan. Las intervenciones humanitarias, por ejemplo, suelen estar justificadas de forma convincente desde un punto de vista moral, pero se encuentran jurídicamente en una zona gris. Cuanto más a menudo se aplican estas excepciones sin mandatos claros, más cambia el carácter del derecho internacional: de un conjunto de normas a una caja de herramientas de argumentos.

El papel de las Naciones Unidas como punto de referencia jurídico

Las Naciones Unidas no son un actor todopoderoso en el derecho internacional, pero constituyen un punto central de referencia. Ofrece foros, procedimientos e instituciones a través de los cuales pueden formularse normas, debatirse conflictos y -al menos en parte- evaluarse jurídicamente. Precisamente porque no existe un Estado mundial, estas estructuras comunes son cruciales.

Es importante entender esto: La ONU no sustituye al derecho internacional, lo estructura. Crean un marco en el que la legitimidad se hace visible. Si las medidas militares están amparadas por mandatos de la ONU, se considera que están mejor protegidas por el derecho internacional, no necesariamente como moralmente superiores, sino como formalmente legitimadas.

Tribunales sin poder coercitivo

El Derecho Internacional también incluye tribunales internacionales, como el Tribunal Internacional de Justicia o el Tribunal Penal Internacional. Estas instituciones desempeñan un papel importante en la interpretación y el desarrollo del Derecho internacional. Sin embargo, su impacto depende en gran medida de que los Estados reconozcan su jurisdicción.

También en este caso queda clara la lógica básica: el derecho no nace de la mera existencia de una institución, sino de su aceptación. Un tribunal puede dictar una sentencia, pero sin reconocimiento, la sentencia sigue siendo política, no necesariamente efectiva en la práctica.

Por qué todo funciona de todos modos - la mayoría de las veces

A la vista de estos puntos débiles, surge la pregunta legítima: ¿por qué alguien acata el Derecho internacional? La respuesta es sobria: Porque la alternativa es peor. Los Estados saben que un espacio completamente libre de normas y tratados es menos seguro, más caro y más peligroso a largo plazo que un conjunto imperfecto de normas.

El Derecho internacional no funciona porque sea perfecto, sino porque estabiliza las expectativas. Crea un nivel mínimo de previsibilidad. E incluso cuando se incumple, la infracción suele requerir una explicación. Esta necesidad de justificación por sí sola es una señal de que las normas siguen funcionando.

Esta idea es fundamental para lo que consideraremos más adelante: el derecho internacional no prospera gracias a la indignación moral, sino al autocompromiso y a la capacidad de reconocimiento. En cuanto los Estados empiezan a utilizar las normas como un mero instrumento retórico, éstas pierden su poder regulador.

Aquí es precisamente donde la transición al llamado „orden mundial basado en normas“ se vuelve apasionante - y problemática. Porque si ya no está claro qué normas se aplican y quién las define, el énfasis pasa del derecho a la interpretación. En el próximo capítulo veremos paso a paso lo que esto significa en términos concretos.

Edificio de la ONU en Nueva York

Del Derecho contractual a un „orden mundial basado en normas“

Si uno lee textos antiguos sobre política exterior, se da cuenta de algo: El término „orden mundial basado en normas“ no desempeñó un papel importante durante mucho tiempo. Se hablaba de tratados, alianzas, la Carta de la ONU, diplomacia, a veces también de „orden internacional“ o „derecho internacional“.

Sin embargo, en algún momento -especialmente en los últimos años- este término empezó a aparecer cada vez con más frecuencia. Y cuanto más se utilizaba, más parecía un sustituto de algo que solía estar más claramente etiquetado.

No se trata de una pequeña diferencia lingüística. En política, el lenguaje nunca es mera decoración. Los términos son herramientas. Y cuando de repente un nuevo término se utiliza constantemente, merece la pena mirarlo con escepticismo: ¿A qué sustituye? ¿Qué cambia? ¿Y qué es lo que deja menos claro, aunque en realidad debería estarlo?

Porque „orden mundial basado en reglas“ suena positivo a primera vista. ¿Quién podría estar en contra de las normas? El único problema es que, aunque los tratados y el derecho internacional tienen una fuente, a menudo no está claro qué normas se entienden por este „orden mundial basado en normas“, quién las establece y cómo deben aplicarse realmente.

Cuándo y por qué surgió este término

El término parece un envoltorio moderno para algo que es históricamente más antiguo: la idea de que las relaciones internacionales deben regirse no sólo por la fuerza bruta, sino por normas reconocidas. En la práctica, „basado en normas“ se utiliza a menudo cuando se quiere defender un orden sin comprometerse con un conjunto específico de tratados.

Puede haber varias razones para ello. Una razón es de conveniencia: es más fácil invocar un „orden basado en normas“ que explicar laboriosamente qué normas específicas del derecho internacional se aplican, qué excepciones existen, qué mandatos existen y cuáles no. Una segunda razón es más política: el término deja más margen de maniobra. Quienes hablan de „normas“ pueden hacer hincapié en lo que convenga a la situación, sin tener que medirse con un texto claro.

El resultado es algo que podría describirse como un cambio retórico: Se pasa de fuentes precisas a un término colectivo que suena moral. Esto agiliza los debates, pero también los hace menos claros. Y en un mundo de guerras, sanciones e intervenciones, la vaguedad no es un error inofensivo, sino un riesgo.

„Basado en normas“ suena vinculante, pero a menudo no está definido.

La diferencia decisiva entre el derecho internacional y un „orden mundial basado en normas“ radica en la forma en que está anclado. El derecho internacional tiene -al menos idealmente- una base comprensible: tratados, la Carta de la ONU, principios reconocidos, sentencias judiciales, práctica internacional. Se puede discutir sobre cómo se interpreta esto, pero se sabe a qué se refiere.

A menudo es diferente con el „orden mundial basado en normas“. El término rara vez se define con claridad. Se utiliza como si estuviera claro lo que se quiere decir - y esto es precisamente lo que crea una especie de zona de niebla lingüística. Para el lector normal, pero a menudo también para la vida política cotidiana, se vuelve entonces borroso:

  • ¿Se trata de Derecho internacional?
  • ¿Se trata de las reglas de la alianza occidental?
  • ¿Se trata de valores?
  • ¿Se trata de normas económicas?
  • ¿O se trata simplemente del orden favorecido por los poderosos?

El problema no es que se quiera describir un orden. El problema es que el término es tan flexible que siempre se puede hacer que encaje en caso de duda. Y eso significa que pierde precisamente lo que realmente son las normas: fiabilidad y verificabilidad.

¿Quién define estas normas?

Aquí es donde la cosa se pone realmente interesante, y también desagradable. Si se afirma que existe un „orden mundial basado en normas“, entonces hay que preguntarse: ¿Quién decidió esas normas? ¿Cuál es su fundamento? ¿Quién las ha legitimado? ¿Y quién decide lo que está „basado en normas“ en caso de conflicto?

En un orden clásico, basado en tratados, esto se puede responder al menos parcialmente: los Estados celebran tratados. Se adhieren a ellos o no. La Carta de la ONU es un punto de referencia. Los tribunales y las instituciones internacionales crean un marco de interpretación. No es perfecto, pero al menos es comprensible.

En un „orden mundial basado en reglas“, como suele aparecer en el lenguaje político, el centro de gravedad se desplaza: las reglas de repente parecen menos normas acordadas en común y más un conjunto de expectativas formuladas y aplicadas por determinados actores. Esto puede derivar rápidamente en una jerarquía tácita: Algunos definen lo que está „basado en normas“ y se espera que otros lo sigan.

Se trata de una diferencia fundamental. Porque cuando las normas ya no se deciden conjuntamente, sino que son interpretadas y determinadas de facto por una de las partes, entonces el derecho vuelve a convertirse en política. Y en el ámbito internacional, la política es a menudo simplemente poder en un envoltorio educado.

La diferencia entre derecho y narrativa

Llegados a este punto, conviene hacer una clara distinción: el derecho es algo que puede probarse. Una narración es algo que debe creerse. Ambas pueden solaparse, pero no son lo mismo.

Cuando alguien dice: „Esto es contrario al derecho internacional“, se puede -al menos teóricamente- comprobar qué norma se ha infringido. Puede argumentar si se aplica una excepción. Se pueden citar las fuentes. Esto es tedioso, pero puede verificarse racionalmente.

Cuando alguien dice: „Esto viola el orden mundial basado en normas“, suena parecido, pero suele ser mucho menos tangible. Inmediatamente resuena la presión moral: Cualquiera que discrepe es rápidamente tachado de infractor de las normas, alborotador o incluso enemigo del orden. Pero qué norma concreta se ha infringido suele ser un misterio. Y eso es precisamente lo peligroso: cuando la justificación es vaga, puede utilizarse para justificar casi cualquier cosa.

Aquí empieza la zona en la que muchos debates se vuelcan. No porque la gente sea mala, sino porque el lenguaje suele ser más rápido que la ley en la realidad política. Y porque es cómodo invocar el „orden“ sin discutir abiertamente la situación jurídica concreta.

El problema de la soberanía de la interpretación

La soberanía interpretativa significa que quien controla los términos suele controlar también el debate. Cuando el „orden mundial basado en normas“ se convierte en una clave moral, se produce una situación en la que un actor ya no sólo actúa, sino que también proporciona una evaluación de sus acciones. Esto puede verse en la frecuencia con que la comunicación política se siente así: la acción no se categoriza primero legalmente, sino que se enmarca inmediatamente moralmente. La acción es „necesaria“, „sin alternativa“, „para proteger la libertad“, „para preservar el orden“. Cualquiera que haga preguntas es rápidamente considerado ingenuo o sospechoso.

Sin embargo, es precisamente este cuestionamiento lo que constituye el núcleo de un orden estable: ¿Qué normas? ¿Qué base jurídica? ¿Qué responsabilidad? ¿Qué consecuencias tiene que todo el mundo actúe así? Estas preguntas no son destructivas, sino que tradicionalmente se han entendido como un escrutinio responsable.

Sin embargo, cuando la soberanía interpretativa se hace más fuerte que la claridad jurídica, la norma cambia: entonces importa menos si algo es jurídicamente limpio, sino si puede venderse comunicativamente como „conforme“. Y si una normativa sólo puede venderse en lugar de verificarse, está en mal estado.

Por qué este cambio es tan trascendental

El paso del derecho de los tratados a la retórica „basada en normas“ tiene un efecto secundario que se subestima fácilmente: cambia los procesos de aprendizaje de otros Estados. En las relaciones internacionales se observa muy de cerca lo que ocurre en realidad, no sólo lo que se dice.

Si un Estado o una alianza habla de normas, pero las interpreta según la situación, los demás aprenden: Las normas son flexibles. O dicho con más crudeza: las normas son lo que los poderosos hacen de ellas. Y si esa es la lección, se crea un efecto dominó. Porque entonces se vuelve racional que todo el mundo también se vuelva más flexible, que también construya narrativas, que también utilice las zonas grises legales.

De este modo, un orden no puede derrumbarse abruptamente, sino deshilacharse lentamente. Pierde aristas. Pierde previsibilidad. Y en algún momento te das cuenta de que, aunque sigues teniendo el lenguaje del orden, cada vez hay menos sustancia detrás de él.

Este capítulo era básicamente el puente: desde la vieja idea de que el orden se crea mediante contratos y procedimientos, hacia un lenguaje moderno en el que las „normas“ son a menudo más una pretensión que una base verificable.

La ONU entre la ambición y la realidad

80 años después de la entrada en vigor de la Carta de las Naciones Unidas, el panorama es aleccionador: El ambiente en la sede de las Naciones Unidas en Nueva York no es de celebración, sino de preocupación. El orden multilateral, basado en la cooperación internacional y la fuerza de la ley, está sometido a una enorme presión. En lugar de normas vinculantes, prevalece cada vez más la ley de la selva. Esto es especialmente evidente en el Consejo de Seguridad de la ONU, donde los poderes de veto se bloquean mutuamente y no se toman decisiones centrales. Esta crisis se ve agravada por los recortes financieros masivos, cuyas consecuencias afectan sobre todo a los países más pobres. Y, sin embargo, la ONU sigue siendo un lugar indispensable, el único donde siguen reuniéndose todos los Estados del mundo.

Esta situación se analiza con más detalle en el siguiente vídeo. En una entrevista con el experto en derecho internacional Stephan Wittich, de la Universidad de Viena, queda claro por qué no hay que dar por perdidas a las Naciones Unidas a pesar de los bloqueos políticos y el debilitamiento financiero. El vídeo arroja luz sobre las tensiones entre la política de poder y el orden jurídico, clasifica el papel de los poderes de veto y explica claramente por qué la ONU conserva su valor, especialmente en tiempos de crisis, no como una institución perfecta, sino como la última plataforma común de la comunidad mundial.


La ONU bajo presión - 80 años de trabajo por la paz mundial y los derechos humanos | La ONU bajo presión Podcast de ORF

Cómo las narrativas sustituyen a las normas

Cualquiera que se ocupe del llamado orden mundial basado en normas se topará inevitablemente con otro tema: la propaganda. Porque cuanto más vagamente se utilicen términos como „normas“, „valores“ u „orden“, mayor será la importancia de la interpretación y la narrativa.

El artículo „Propaganda: historia, métodos, formas modernas y cómo reconocerlas“ muestra exactamente cómo se crean esas narrativas, por qué funcionan y por qué son tan eficaces en cuestiones políticas complejas. Explica de forma comprensible cómo se utilizan el lenguaje, la repetición y el encuadre moral para legitimar acciones sin aportar una justificación jurídica clara. Cualquiera que haya leído el artículo sobre derecho internacional encontrará aquí el eslabón perdido entre derecho, poder y percepción pública.

Despidos, evasivas y pérdida progresiva de confianza

En el debate público se suele pasar por alto una diferencia importante: El orden internacional rara vez se rompe porque las normas se incumplan de forma espectacular. Mucho más a menudo ocurre algo más sutil. Las normas se anulan, se socavan o simplemente se eluden. Esto parece menos dramático, pero suele ser más destructivo a largo plazo.

Esto se debe a que una infracción abierta de las normas es visible, vulnerable y necesita una explicación. Una anulación o elusión, en cambio, puede parecer formalmente correcta, aunque socave el espíritu del ordenamiento. Aquí es precisamente donde comienza la progresiva pérdida de confianza que caracteriza cada vez más a las relaciones internacionales.

Retirada de acuerdos internacionales

En las últimas décadas, cada vez más Estados -especialmente occidentales- se han retirado de los acuerdos internacionales o han restringido de hecho su validez. Los tratados de desarme, los acuerdos de control de armamento, las jurisdicciones internacionales y los acuerdos multilaterales han sido cancelados, suspendidos o debilitados deliberadamente.

Esto suele ser formalmente permisible. Los tratados contienen cláusulas de cancelación. Los Estados pueden retirarse. El problema no reside en el acto de denuncia en sí, sino en la acumulación y la dirección. Si los pilares centrales del orden van cayendo poco a poco, lo que queda al final es soberanía formal, pero cada vez menos estructura común.

Para otros países, es una señal clara: el compromiso es opcional. Los que son lo bastante fuertes pueden retirarse. Los débiles deben esperar que se sigan aplicando las normas.

Elusión en lugar de confrontación abierta

Aún más problemático que los despidos manifiestos es la elusión sistemática de las normas existentes. En lugar de declarar claramente: „Ya no cumplimos estas normas“, se construyen nuevas justificaciones, se amplían las excepciones o se reinterpretan las normas existentes.

Esto suele ser técnico, jurídicamente complejo y difícil de entender para las personas ajenas a la UE. Términos como „legítima defensa preventiva“, „intereses de seguridad ampliados“ o „nuevas situaciones de amenaza“ se utilizan entonces para desplazar antiguas fronteras sin abolirlas oficialmente.

El efecto es el mismo: la norma permanece sobre el papel, pero pierde su fuerza vinculante. Y eso es precisamente lo más peligroso para un ordenamiento que una ruptura abierta, porque socava su orientación.

Cuando los procedimientos se convierten en un asunto menor

Los procedimientos eran un elemento central del orden clásico. Las decisiones no debían tomarse espontáneamente, sino en el marco de procesos claros. Mandatos, consultas, votaciones... todos ellos tenían por objeto garantizar que el poder no se utilizara de forma arbitraria.

En la práctica, sin embargo, estos procedimientos se ignoran cada vez más. Se consideran lentos, obstructivos o poco prácticos desde el punto de vista político. En su lugar, se argumenta que es necesario „seguir siendo capaces de actuar“. Esto suena plausible, pero cambia el punto de referencia: la atención ya no se centra en la legalidad, sino en la rapidez.

A largo plazo, esto conduce a una lógica peligrosa. Si los procedimientos sólo se utilizan cuando dan el resultado deseado, pierden su función legitimadora. Entonces ya no son un mecanismo de protección, sino un telón de fondo.

Anulación y rescisión de contratos

La erosión de la confianza mutua

El orden internacional sólo funciona si los Estados pueden asumir que los compromisos tienen cierta durabilidad. La confianza no se crea por simpatía, sino por repetibilidad. Los que se comportan de forma fiable se convierten en predecibles, incluso para los adversarios.

Es precisamente esta confianza la que se ve dañada por las anulaciones, las elusiones y las interpretaciones flexibles. No necesariamente de forma inmediata, sino acumulativa. Cada paso individual puede ser explicable. Sin embargo, el resultado global es un clima en el que nadie puede estar seguro de si las normas seguirán siendo aplicables mañana.

Esto es especialmente problemático para los Estados más pequeños o débiles. Dependen más de las reglas que del poder. Cuando experimentan que incluso los actores centrales se desentienden cada vez más del orden, a menudo sólo les queda la opción de adaptarse o resignarse.

La política internacional sigue una lógica simple pero a menudo subestimada: el comportamiento se copia. No se evalúa moralmente, sino que se analiza funcionalmente. Los Estados observan muy de cerca lo que hacen los demás, y cuáles son sus consecuencias.

Si las cancelaciones no tienen consecuencias, se vuelven más atractivas. Si se tolera la elusión de las normas, se convierte en una opción. Esto crea un efecto de imitación que disuelve el orden gradualmente, en lugar de abruptamente.

Lo peligroso es: Nadie tiene que destruir deliberadamente el orden. Basta con que cada vez más actores actúen racionalmente al tiempo que invocan retóricamente las mismas reglas. Al final, lo que queda es un orden que sólo existe en el lenguaje.

El pedido como factor de coste

Aquí interviene otro aspecto: las normas cuestan algo. Cuestan margen de maniobra, tiempo y, a veces, también influencia política. Mientras todos soporten estos costes, el orden merece la pena. Sin embargo, en cuanto algunos jugadores empiezan a evitar estos costes, otros se ven presionados.

¿Por qué debemos restringirnos si otros ya no lo hacen? Esta pregunta es humana y políticamente muy eficaz. Hace que la autocontención ya no se perciba como una fortaleza, sino como una desventaja.

Esto trastoca la lógica del orden. Lo que antes creaba estabilidad de repente parece ingenuo. Y es precisamente en este punto donde se inicia el retorno a la lógica del poder, no por agresión, sino por adaptación.

Así pues, este capítulo muestra el nivel estructural de la erosión. Aquí no nos centramos en las operaciones militares individuales, sino en el entorno que las hace posibles. Las cancelaciones, las evasiones y la disminución de la confianza preparan el terreno precisamente para los acontecimientos que analizamos específicamente en el siguiente paso.

Porque si las normas pierden su fuerza vinculante, es sólo cuestión de tiempo que la fuerza militar vuelva a aparecer como un instrumento normal. No como un incumplimiento de las normas, sino como una opción pragmática. Aquí es precisamente donde entra en juego el siguiente capítulo: donde la teoría se convierte en práctica.

Acciones militares sin mandatos claros

Hasta ahora hemos hablado de conceptos, principios y cambios. A estas alturas, sin embargo, el tema ya no puede tratarse en abstracto. Al fin y al cabo, un orden internacional no se manifiesta en discursos dominicales, sino en acciones concretas. Es precisamente allí donde se utiliza la fuerza militar donde se pone de manifiesto la seriedad con la que se toman realmente las normas.

No se trata explícitamente de emitir juicios morales sobre conflictos individuales. Tampoco se trata de nombrar culpables ni de dar respuestas sencillas. Es crucial otra cosa: ¿qué normas se aplican? y ¿se aplican a todos por igual?

En los últimos años han aumentado las acciones militares que no están claramente amparadas por un mandato de las Naciones Unidas. Entre ellas se encuentran los ataques aéreos, los ataques selectivos, las operaciones encubiertas o la presencia militar abierta en territorio extranjero, a menudo justificados con intereses de seguridad, disuasión o protección de determinados valores.

Ejemplos como las operaciones en Siria o, más recientemente, las acciones en relación con Venezuela muestran un patrón recurrente: la base jurídica sigue sin estar clara, se presenta de forma abreviada o se ignora por completo. En su lugar, la justificación política ocupa un lugar central. Se dice entonces que „no había elección“, que „había que reaccionar“, que se actuaba „preventivamente“ o „en interés de la estabilidad“.

El problema no es que los Estados quieran proteger sus intereses. Siempre lo hacen. El problema es que el marco jurídico se trata cada vez más como algo subordinado, o como algo que puede sustituirse por la comunicación cuando no conviene.

La contradicción central: exigir normas, eludirlas

Aquí es donde la contradicción interna del llamado orden mundial basado en normas se hace especialmente evidente. Por un lado, se exige insistentemente a los demás Estados que acaten las normas internacionales. Las violaciones de fronteras, las escaladas militares o los incumplimientos de tratados son duramente criticados, a menudo con razón. Por otro lado, las acciones militares del propio país se tratan como casos especiales.

La argumentación suele seguir la misma lógica: no se califica la infracción de las normas como tal, sino como una excepción, una necesidad o una responsabilidad especial. Retóricamente, uno se mantiene del lado del ordenamiento, pero en la práctica hace caso omiso de sus principios fundamentales.

Esto es muy problemático para el orden. Al fin y al cabo, las normas no viven de ser invocadas, sino de ser cumplidas cuando las cosas se ponen incómodas. Si sólo exiges normas a los demás, envías una señal clara: estas normas son negociables, al menos para quienes tienen suficiente poder.

¿Quién controla al inspector?

En un sistema jurídico clásico, esta pregunta tiene una respuesta clara. El poder está controlado, las decisiones son verificables, los procedimientos son transparentes. En el ámbito internacional, esto es más difícil, pero no fundamentalmente imposible. Los mandatos de la ONU, los tribunales internacionales y las votaciones multilaterales están diseñados precisamente con este fin: contener el poder, no legitimarlo.

Sin embargo, si se utiliza la fuerza militar sin estos procedimientos, se crea un vacío. ¿Quién decide entonces si un despliegue estaba justificado? ¿Quién extrae las consecuencias cuando se han sobrepasado los límites? Y sobre todo: ¿quién hace cumplir esas consecuencias?

En la práctica, la respuesta suele ser: nadie. O más exactamente: nadie con suficiente poder. Y aquí es precisamente donde el orden se desplaza de nuevo hacia un sistema que se basa menos en la ley que en el equilibrio de poder.

El efecto de señalización internacional de tales acciones

La política internacional es un sistema de aprendizaje. Los Estados se observan muy de cerca. No sólo las declaraciones oficiales, sino sobre todo las acciones reales. Si las acciones militares sin una base jurídica clara no tienen consecuencias, se sienta un precedente.

Otros países sacan sus conclusiones de ello. No necesariamente por maldad, sino por racionalidad. Si las normas pueden interpretarse con flexibilidad, si los mandatos son opcionales, si el poder sustituye efectivamente al derecho, entonces es lógico que todos los implicados adopten estas reglas del juego.

Si no lo haces, corres el riesgo de estar en desventaja.

Poco a poco va surgiendo una nueva normalidad: la atención ya no se centra en „¿Qué está permitido?“, sino en „¿Qué se tolera?“. Y la tolerancia no es un fundamento estable del orden, sino una condición a corto plazo que cambia con el equilibrio de poder.

El daño a la credibilidad a largo plazo

La pérdida de confianza es especialmente problemática. Un orden depende de que sus actores centrales sean percibidos como creíbles. La credibilidad no se crea mediante apelaciones morales, sino mediante la coherencia. Quienes amonestan a otros deben actuar ellos mismos con especial cuidado.

Sin embargo, si se crea la impresión de que las normas se aplican en función de la situación, cualquier crítica a otros Estados pierde peso. Puede ser correcta en cuanto al contenido, pero tiene un efecto selectivo. Y la selectividad es el enemigo de cualquier sistema normativo. Porque invita a contraargumentar:

„Lo haces de la misma manera“.“

El resultado es una erosión progresiva. No de forma estrepitosa ni espectacular, sino gradual. El lenguaje del orden permanece, pero su núcleo se está erosionando. El resultado final es un mundo en el que mucha gente sigue hablando de normas, pero cada vez está menos dispuesta a cumplirlas.

Por qué no es una cuestión marginal

Se podría caer en la tentación de considerar estos acontecimientos como una política de poder normal. Los Estados siempre han actuado así. Pero eso se queda corto. La diferencia decisiva radica en que hoy vivimos oficialmente en un orden que en realidad quería superar precisamente este comportamiento.

Si la fuerza militar vuelve a ser un medio aceptado, sin un marco jurídico claro, no se trata sólo de una recaída, sino de un problema estructural. No afecta a los conflictos individuales, sino al supuesto básico de que las normas deben aplicarse universalmente.

Y es precisamente en este punto donde surge la incómoda pregunta que abordaremos en el próximo capítulo: ¿Qué significa esto para el futuro? ¿Seguimos viviendo en un orden basado en normas, o hemos vuelto ya a un orden de poder que sólo utiliza el lenguaje de las normas?

Glenn Diesen y Jeffrey Sachs: Venezuela como señal de alarma

En otro vídeo reciente, Glenn Diesen comenta los últimos acontecimientos en torno a Venezuela con el economista estadounidense Jeffrey Sachs. La conversación se centra en las acciones militares estadounidenses y los informes sobre el secuestro del presidente Nicolás Maduro.

Sachs clasifica claramente estos sucesos como parte de una peligrosa evolución en la que cada vez se ignoran más los límites jurídicos internacionales. Juntos, ambos discuten el efecto de señalización que tales intervenciones tienen en el orden internacional y por qué las repetidas infracciones de la ley socavan el sistema de seguridad global a largo plazo. El debate complementa los análisis aquí presentados con una clasificación aguda pero serena desde una perspectiva internacional.


Jeffrey Sachs: EE.UU. ataca Venezuela y secuestra al presidente Maduro | Elecciones presidenciales en Venezuela Glenn Diesen

Cuando Occidente se convierte en un precedente

Una de las cuestiones más delicadas, pero también más necesarias, es la siguiente: ¿Qué le ocurre a un orden internacional cuando los mismos Estados que se consideran sus guardianes se convierten ellos mismos en infractores de las normas? Esta pregunta es incómoda porque abandona el espacio moral seguro y se enfrenta a la realidad jurídica.

No se trata de relativizar las infracciones extranjeras de la ley. Al contrario. Cualquiera que se tome en serio las normas internacionales también debe nombrarlas cuando han sido violadas por su „propio bando“. De lo contrario, el derecho internacional se convierte en un instrumento político, y eso es precisamente lo que contradice su propósito original.

La operación de la OTAN contra la República Federativa de Yugoslavia

La guerra aérea contra la República Federativa de Yugoslavia en 1999 sigue siendo uno de los ejemplos más conocidos de acción militar de Estados occidentales sin mandato del Consejo de Seguridad de la ONU. En aquel momento, la OTAN justificó sus acciones con argumentos humanitarios y la necesidad de evitar una escalada en Kosovo.

Sin embargo, desde el punto de vista del derecho internacional, esta misión seguía siendo muy problemática. No existía un mandato de la ONU y se eludió deliberadamente la prohibición del uso de la fuerza establecida en la Carta de las Naciones Unidas. En retrospectiva, muchos expertos occidentales en derecho internacional tampoco describieron la operación como „legal“, sino como mucho como políticamente motivada o moralmente justificada. Esta distinción es crucial: los motivos morales no sustituyen al derecho.

La operación de Yugoslavia se convirtió así en un precedente. Demostró abiertamente por primera vez que se puede utilizar la fuerza militar incluso cuando los procedimientos formales están bloqueados, siempre que el apoyo político sea lo suficientemente fuerte. Es precisamente esta señal la que sigue teniendo impacto hoy en día.

Siria: Presencia permanente sin una base jurídica clara

La implicación militar de los Estados occidentales en Siria también lleva años operando en un terreno jurídicamente controvertido. Se han desplegado y se siguen desplegando ataques aéreos, fuerzas especiales e infraestructuras militares en algunos casos sin el consentimiento del gobierno sirio y sin un mandato claro del Consejo de Seguridad de la ONU.

Las justificaciones van desde la lucha contra el terrorismo hasta la autodefensa y la estabilización regional. Desde el punto de vista político, estos argumentos pueden parecer plausibles, pero desde el punto de vista del derecho internacional siguen siendo erróneos. Sobre todo, la presencia militar permanente en territorio extranjero sin un consentimiento o mandato claro pone en entredicho el principio de soberanía de los Estados.

También en este caso la pauta es evidente: el marco jurídico no se niega abiertamente, sino que se amplía mediante una interpretación flexible. Esto significa que, aunque la acción puede explicarse, no está claramente legitimada en términos jurídicos.

Acontecimientos actuales en torno a Venezuela

Las acciones actuales en relación con Venezuela son especialmente delicadas. Las operaciones militares, las acciones encubiertas o las intervenciones directas contra agentes estatales de un Estado soberano sin mandato de la ONU se inscriben por lo general en un marco muy estrecho en virtud del derecho internacional, y a menudo lo superan.

Independientemente de cómo se valore la situación política interna de Venezuela: El derecho internacional no reconoce un derecho general a la intervención militar para imponer objetivos políticos o cambios de gobierno. Por tanto, las intervenciones de este tipo se consideran inadmisibles desde la perspectiva del derecho internacional tradicional, a menos que estén claramente amparadas por la legítima defensa o por un mandato de la ONU.

Los casos actuales, en particular, también revelan otro problema: la evaluación se hace a menudo de forma extremadamente rápida, políticamente cargada y sin una categorización jurídica clara. Esto dificulta un debate sobrio y refuerza la impresión de que la ley está siendo flanqueada por la comunicación en lugar de ser realmente aplicada.

Por qué son tan importantes estos ejemplos

Estos tres ejemplos no son aislados. Son puntos de inflexión. Cada caso individual ha cambiado la forma de entender lo que se considera aceptable. No porque de repente se suspendieran todas las normas, sino porque las excepciones se convirtieron en la nueva normalidad.

El factor decisivo aquí no es si los motivos eran „buenos“ o „malos“. El factor decisivo es que el procedimiento -es decir, el marco jurídico- pasó a ser cada vez más secundario. Esto es precisamente lo que socava a largo plazo cualquier orden basado en normas.

Porque si incluso las intervenciones serias sin mandatos claros quedan sin consecuencias, la ley pierde su efecto vinculante. Otros actores observan esto muy de cerca y sacan sus propias conclusiones.

Estos ejemplos son sólo la punta de un iceberg más grande. Sin embargo, ya muestran por qué el debate sobre el derecho internacional y el orden basado en normas no es académico, sino sumamente práctico. Cada precedente cambia las reglas del juego, a menudo de forma permanente.

Otras intervenciones controvertidas en virtud del Derecho internacional

País (país de destino) Justificación oficial (corto) Por qué es controvertido según el Derecho internacional
Venezuela (Operación para detener a Nicolás Maduro, 2026) Representación como „fuerzas del orden“ / detención por cargos de drogas y terrorismo; en parte, argumentos de seguridad Ilegal según numerosos expertos en derecho internacional: sin mandato de la ONU, sin consentimiento de Venezuela y sin una situación plausible de legítima defensa según el Art. 51 de la Carta de la ONU; también problemático debido a la soberanía y (presunta) inmunidad de un jefe de Estado.
Siria (Ataques aéreos 2018 de EE.UU./Reino Unido/FR) Respuesta al uso de armas químicas; disuasión, „intervención humanitaria“ / protección de civiles Sin mandato del Consejo de Seguridad de la ONU; la „intervención humanitaria“ es muy controvertida en el derecho internacional (no se reconoce generalmente como una excepción permitida); por lo tanto, a menudo se critica como una violación de la prohibición del uso de la fuerza.
Libia (2011) Resolución 1973 del Consejo de Seguridad de la ONU: Protección de la población civil / zona de exclusión aérea („Responsabilidad de proteger“) La entrada estaba amparada por un mandato de la ONU; sin embargo, se critica que partes de la gestión del apoyo/operación sobrepasaron los límites del mandato (excederse en el mandato, tomar partido de facto/lógica de cambio de régimen).
Pakistán (Ataques con drones, años 2000/2010) Lucha antiterrorista / autodefensa contra agentes no estatales Controvertido en virtud del derecho internacional debido a la violación de la soberanía sin un consentimiento claro o una base jurídica transparente; en algunas publicaciones especializadas se considera ilegal (especialmente si el argumento de „no querer o no poder“ no se sostiene).
Iraq (2003) Cumplimiento de resoluciones anteriores de la ONU, supuestas armas de destrucción masiva, defensa contra el terrorismo / argumentos de seguridad Principalmente se consideró ilegal porque no había una nueva decisión explícita del Consejo de Seguridad de la ONU de invadir; las justificaciones centrales fueron criticadas por insostenibles según el derecho internacional
República Federativa de Yugoslavia / Serbia (Guerra de Kosovo, 1999) Justificación humanitaria: Prevención/detención de violaciones masivas de los derechos humanos, protección de la población civil. Sin mandato del Consejo de Seguridad de la ONU y sin una situación clásica de legítima defensa; por lo tanto, muchos expertos en derecho internacional lo consideran un uso ilegal de la fuerza („ilegal“, a veces descrito como „ilegal pero legítimo“).
Panamá (1989) Protección de los ciudadanos estadounidenses, defensa de la democracia/derechos humanos, „guerra contra las drogas“, protección de los contratos del canal Ampliamente criticada como violación de la prohibición del uso de la fuerza: falta de mandato de la ONU; las razones aducidas se consideran insuficientes según el derecho internacional para una invasión; se han documentado condenas internacionales (incluida la AG de la ONU/OEA).
Granada (1983) Protección de ciudadanos estadounidenses (incluidos estudiantes), petición de socios regionales/representantes del gobierno, estabilización de la situación Sin mandato del Consejo de Seguridad de la ONU; violación de la prohibición del uso de la fuerza/soberanía territorial - La Asamblea General de la ONU condenó la intervención como „violación flagrante“ del derecho internacional

Por qué esta lista sólo contiene algunos ejemplos

Cualquiera que se tome en serio las operaciones de los Estados occidentales desde la Segunda Guerra Mundial que violan el derecho internacional o son controvertidas en virtud del derecho internacional se encuentra rápidamente con un problema práctico: el número es grande, y varía enormemente. Dependiendo de la definición, el período de tiempo y la delimitación, no estamos hablando de una docena de casos, sino de varias docenas, a veces incluso de más de un centenar de intervenciones militares, operaciones encubiertas, ataques aéreos o presencia militar permanente en territorio extranjero.

Además, hay misiones que comenzaron formalmente con mandatos, pero que posteriormente se sobrepasaron jurídicamente, así como conflictos como las acciones militares de Israel en la Franja de Gaza (Gaza / Israel), en los que la evaluación conforme al derecho internacional es muy controvertida y difiere según el aspecto.

Éste es precisamente el punto crucial: el derecho internacional no es una simple etiqueta. „Legal“ o „ilegal“ rara vez puede responderse de forma generalizada. Algunas operaciones se llevan a cabo claramente sin mandato de la ONU, otras se basan en la legítima defensa, otras en motivos humanitarios o en resoluciones anteriores. Algunas son clasificadas como ilegales por la mayoría de los expertos en derecho internacional, otras se encuentran en zonas grises que son controvertidas incluso entre los expertos. Una tabla general completa difuminaría inevitablemente estas diferencias, y por tanto crearía más confusión que claridad.

La selección que aquí se muestra es, por tanto, deliberadamente limitada. No pretende ser acusatoria, sino poner de relieve un patrón: que las normas han sido repetidamente estiradas, eludidas o aplicadas de forma selectiva en la práctica, incluso por aquellos Estados que se consideran guardianes del orden internacional. Cualquiera que reconozca este patrón entenderá mejor por qué términos como „orden mundial basado en normas“ se utilizan con tanta frecuencia hoy en día, y por qué es tan importante cuestionarlos críticamente.

Del Derecho internacional a la lógica de la escalada: el caso de la tensión

Para comprender la rapidez con la que un orden supuestamente estable puede derrumbarse, hay que familiarizarse con el llamado Caída de tensión con la que lidiar. Describe la zona de transición entre la paz y la guerra abierta: jurídicamente borrosa, políticamente muy peligrosa. En esta zona gris, las normas se amplían, las responsabilidades se desplazan y se preparan medidas militares, a menudo sin una declaración formal de guerra.

Este caso de tensión muestra lo frágil que puede ser en la práctica un orden mundial basado en normas cuando confluyen intereses de poder, lógicas de seguridad y narrativas políticas. En el artículo enlazado puede encontrarse una categorización más detallada.


Encuesta actual sobre un posible caso de tensión en Alemania

¿En qué medida se siente personalmente preparado para un posible caso de tensión (por ejemplo, crisis o guerra)?

¿Qué significa esto para el futuro? - ¿Seguimos viviendo en un orden?

Las grandes transformaciones rara vez se reconocen por el hecho de que algo desaparezca de repente. Por lo general, los conceptos siguen siendo los mismos, los rituales también, a veces incluso las instituciones. Lo que cambia es el contenido interno. Esto es exactamente lo que parece estar ocurriendo actualmente con el orden internacional. Se sigue hablando de normas, de derecho, de responsabilidad, pero cada vez con más frecuencia parece como si estos términos ya no tuvieran el significado que tenían antes.

No se trata de una tesis dramática, sino de una observación. No hay una ruptura clara, ni un alejamiento oficial del Derecho internacional. Por el contrario, estamos experimentando un cambio gradual: alejándonos de los procedimientos vinculantes y acercándonos a justificaciones flexibles. Lejos de mandatos claros y hacia narrativas políticas. Y es precisamente porque este proceso se está produciendo de forma tan silenciosa por lo que resulta tan difícil de captar.

¿Estamos viviendo de nuevo en una estructura de poder?

Surge una pregunta incómoda: ¿Nos hemos acercado ya a un orden en el que la fuerza es más decisiva que el derecho? ¿No abiertamente, no oficialmente, pero sí en la práctica?

En una estructura de poder clásica, lo que cuenta no es lo que se ha acordado, sino lo que se puede hacer cumplir. Las normas sólo existen como recomendaciones o como ayuda a la argumentación. Los que son lo suficientemente fuertes pueden estirarlas o ignorarlas. A los débiles se les recuerdan. Históricamente, no se trata de una situación excepcional, sino más bien del caso normal, con todas las consecuencias conocidas.

El verdadero progreso del derecho internacional consistió al menos en contener este caso normal. No abolirlo, sino domesticarlo. Si ahora se elimina la base de esta contención, el caos no volverá automáticamente. Antes vuelve otra cosa: la incertidumbre.

La paradójica consecuencia de las normas selectivas

Lo siguiente resulta especialmente paradójico: Cuanto más a menudo se aplican las normas de forma selectiva, menos pueden estabilizar. Quienes sólo permiten que se apliquen las normas cuando convienen a sus propios intereses destruyen precisamente lo que se supone que deben conseguir las normas, es decir, la fiabilidad.

Esto crea un dilema para otros países. Si se adhieren estrictamente a las normas, corren el riesgo de ser explotados. Si se adaptan a la nueva flexibilidad, ellos mismos contribuyen a la erosión del orden. Ambos son racionales, y ambos son problemáticos a largo plazo. Esto crea una dinámica en la que la desconfianza se convierte en una actitud razonable.

El orden se nutre de la autolimitación

Un punto que a menudo se subestima es que el orden no se crea controlando a los demás, sino limitándose uno mismo. Esto se aplica tanto a pequeña como a gran escala. Los Estados que están dispuestos a respetar las normas incluso cuando resultan incómodas generan confianza, incluso entre los adversarios.

Esta autolimitación fue siempre el núcleo de un orden basado en reglas. Nunca fue perfecto, nunca fue completamente justo, pero tenía una dirección clara. Si esta voluntad disminuye, al final lo único que queda es la ley de la selva, aunque siga revestida del lenguaje de las normas.

El papel del público: tomarse en serio las condiciones

A menudo se pasa por alto otro aspecto: El público y los medios de comunicación también desempeñan un papel. Cuando se adoptan acríticamente términos como „orden mundial basado en normas“ sin preguntarse por su significado concreto, se normaliza la vaguedad. Cuanto menos se pregunte, más fácil será enmarcar las decisiones políticas en términos morales en lugar de justificarlas en términos jurídicos.

Pero hacer preguntas sería un signo de madurez: ¿Qué norma? ¿Qué base jurídica? ¿Qué mandato? ¿Y cuáles son las consecuencias si otros Estados actúan de la misma manera? Estas preguntas no son desleales, son necesarias. Porque una orden que ya no puede explicarse no es una orden, sino una reivindicación.

Por tanto, este artículo no termina con una conclusión en el sentido tradicional. Sería demasiado fácil formular acusaciones tajantes u ofrecer soluciones rápidas. La situación es más compleja y, por tanto, grave.

Quizá ya no vivamos en un orden mundial claramente regido por normas. Pero quizá tampoco estemos aún completamente en un orden de poder puro. Probablemente nos encontremos en algún punto intermedio, en una fase de transición en la que todavía se invocan las antiguas normas, pero cada vez se practican de forma menos vinculante.

La cuestión crucial no es cómo llamar a esta fase. La cuestión crucial es si la reconoces. Porque sólo quienes reconocen que las normas se están erosionando pueden tomar la decisión consciente de volver a tomárselas en serio, o de decir abiertamente que ya no las quieren.

Ambas cosas serían más honestas que la situación actual. Porque una orden que sólo se hace valer pero ya no es vinculante no es una base estable para un futuro común. Es una promesa sin responsabilidad.

Y esto es precisamente lo que debería hacernos reflexionar, independientemente de nuestras simpatías políticas.

Carta abierta del Profesor Jeffrey Sachs al Canciller Federal Friedrich Merz

En el debate sobre un nuevo orden mundial, cada vez está más claro que la seguridad y el Estado de Derecho no pueden considerarse por separado.

El economista estadounidense Jeffrey Sachs llama en un Carta abierta al Canciller Federal Friedrich Merz honestidad histórica y previsión diplomática en lugar de una lógica de escalada unilateral, porque una arquitectura de seguridad que ignora los intereses legítimos de los demás destruye la confianza y la paz a largo plazo. Sachs advierte contra la normalización de medidas que socavan las normas jurídicas internacionales y ponen en entredicho el papel de Europa como fuerza del orden. Aceptar las infracciones de la ley y las espirales de escalada no sólo pone en peligro la estabilidad, sino también la base del orden internacional basado en normas, un punto que a menudo se descuida en los debates estratégicos actuales.


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Preguntas más frecuentes

  1. ¿Cuál es la diferencia entre el Derecho internacional y un „orden mundial basado en normas“?
    El derecho internacional es un sistema de tratados, convenciones y principios reconocidos que ha evolucionado históricamente y se basa en el consentimiento formal de los Estados. En cambio, un „orden mundial basado en normas“ no es un concepto jurídico claramente definido, sino un término político. A menudo se utiliza para describir un orden deseado sin especificar exactamente a qué fuentes jurídicas o tratados concretos se hace referencia. Es precisamente esta vaguedad lo que lo hace problemático.
  2. ¿Por qué se hablaba menos de un orden mundial basado en normas en el pasado?
    Porque se prestaba más atención a las bases jurídicas concretas. Tradicionalmente, la política internacional se argumentaba con tratados, resoluciones de la ONU y principios de derecho internacional. El concepto de un orden mundial basado en normas sólo cobró importancia cuando estas referencias claras se eludieron cada vez más o se volvieron políticamente impracticables.
  3. ¿Es vinculante el Derecho internacional si no existe una policía mundial?
    Sí, pero de forma diferente al Derecho nacional. El derecho internacional funciona a través del autocompromiso, las expectativas internacionales, la presión diplomática y los intereses a largo plazo. No funciona a través de la coerción directa, sino a través de la comprensión de que infringir las normas crea inestabilidad a largo plazo, incluso para los propios infractores.
  4. Entonces, ¿por qué los Estados respetan el Derecho internacional?
    Porque las reglas predecibles son más favorables que la incertidumbre permanente. Incluso los Estados poderosos se benefician cuando los demás saben a qué atenerse. El Derecho internacional reduce el riesgo de escaladas, malentendidos y reacciones incontroladas, al menos mientras se tome en serio.
  5. ¿Qué significa exactamente la prohibición de la violencia en el Derecho internacional?
    La prohibición del uso de la fuerza prohíbe en general el uso de la fuerza militar entre Estados. Las excepciones sólo se aplican en casos estrictamente limitados, por ejemplo en legítima defensa o con un mandato del Consejo de Seguridad de la ONU. Todo lo que vaya más allá de esto es muy controvertido, por no decir otra cosa en términos jurídicos.
  6. ¿Por qué son tan problemáticas las intervenciones humanitarias en Derecho internacional?
    Porque parecen moralmente plausibles, pero no tienen un fundamento jurídico generalmente reconocido. El derecho internacional no reconoce un derecho general a intervenir militarmente para reparar agravios. En cuanto los motivos morales sustituyen a los procedimientos legales, se socava la prohibición del uso de la fuerza.
  7. ¿La operación de la OTAN contra Yugoslavia violó el derecho internacional?
    Desde un punto de vista jurídico, sí, porque no existía un mandato de la ONU ni una situación clásica de legítima defensa. Incluso muchos expertos occidentales en derecho internacional consideran que la operación fue ilegal, aunque se defendiera política o moralmente.
  8. ¿Por qué la guerra de Yugoslavia es un precedente tan importante?
    Porque demostró que la fuerza militar también puede utilizarse sin mandato si existe suficiente apoyo político. Esto abrió una puerta por la que más tarde pasaron muchas otras excepciones.
  9. ¿Son todas las operaciones militares occidentales automáticamente ilegales?
    No. Algunas operaciones están amparadas por el derecho internacional, por ejemplo por claros mandatos de la ONU o claras situaciones de legítima defensa. El problema no radica en cada una de las acciones, sino en la creciente disposición a aceptar o ignorar las zonas grises jurídicas.
  10. ¿Por qué la situación en Siria es tan controvertida desde el punto de vista del Derecho internacional?
    Porque las acciones militares occidentales allí se llevan a cabo a veces sin el consentimiento del gobierno sirio y sin mandato de la ONU. Las justificaciones citadas se encuentran en una zona jurídica gris y no están reconocidas de manera uniforme a nivel internacional.
  11. ¿Por qué es especialmente crítica la actual intervención contra Venezuela?
    Porque las acciones militares o policiales contra un Estado soberano sin mandato de la ONU, sin consentimiento y sin una clara situación de legítima defensa son inadmisibles según el derecho internacional clásico. El juicio político del gobierno no sustituye a una base jurídica.
  12. ¿Qué significa concretamente „aplicación selectiva de las normas“?
    Significa que las reglas son estrictamente exigidas por algunos actores, mientras que se conceden excepciones a sí mismos. Como resultado, las normas pierden su validez universal y se convierten en instrumentos de poder.
  13. ¿Por qué es un problema para otros países?
    Porque aprenden de ello que las normas son obviamente negociables. Cuando los Estados poderosos las interpretan con flexibilidad, los demás se ven incentivados a hacer lo mismo. Esto acelera la erosión del orden.
  14. Entonces, ¿el orden mundial basado en normas es sólo una pretensión?
    No es obligatorio. El término puede ser útil si se refiere honestamente a la legislación vigente. Se vuelve problemático cuando sustituye a bases jurídicas concretas y desvía las preguntas críticas.
  15. ¿Qué papel desempeñan en ello los medios de comunicación y el público?
    Una grande. Cuando los términos se adoptan acríticamente sin cuestionar su significado jurídico, se crea una atmósfera en la que las narrativas políticas prevalecen sobre la ley. La madurez comienza con preguntas precisas.
  16. ¿Criticar a Occidente significa automáticamente relativizar otras infracciones de la ley?
    No. Todo lo contrario. Cualquiera que se tome en serio el derecho internacional debe aplicarlo universalmente. La crítica selectiva socava la credibilidad del derecho en su conjunto.
  17. ¿Seguimos viviendo en un orden mundial regido por normas?
    Probablemente se encuentre en una fase de transición. El lenguaje de las normas sigue existiendo, pero su carácter vinculante está disminuyendo visiblemente. Queda por ver si esto conducirá a una vuelta a una estructura de poder abierta.
  18. ¿Cuál sería la forma más honesta de abordar este asunto?
    O bien vuelves a tomarte en serio las normas y te comprometes sistemáticamente con ellas, o bien dices abiertamente que aceptas un orden basado en el poder. Cualquier cosa intermedia crea incertidumbre.
  19. ¿Por qué termina el artículo sin una conclusión clara?
    Porque no hay respuestas sencillas. La tarea central no es repartir culpas, sino agudizar las percepciones. Sólo quien reconoce que algo está cambiando puede decidir conscientemente cómo afrontarlo.

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