Desde hace años vengo observando con qué frecuencia los políticos y los medios de comunicación hablan de un „orden mundial basado en normas“ es objeto de debate. La actual disputa entre Estados Unidos y Venezuela ha vuelto a poner este tema sobre el tapete. En el pasado, este término apenas aparecía, pero hoy casi parece un reflejo estándar: si algo ocurre en algún lugar, rápidamente se dice que hay que „defender las reglas“. Al mismo tiempo, he tenido la impresión de que las mismas personas que se refieren a estas normas en particular a menudo ya no se sienten obligadas a cumplirlas ellas mismas en caso de duda. Fue precisamente esta contradicción la que me desconcertó.
Además, cuanto más a menudo se oyen estos términos, más imprecisos parecen. „Basado en normas“ suena claro, pero a menudo sigue siendo impreciso. Y „derecho internacional“ se utiliza a menudo como un sello moral de aprobación, aunque en realidad es un marco jurídico, con condiciones, límites y lagunas. Por eso he decidido examinar más de cerca este tema. No como jurista, sino como alguien que quiere entender qué fue en su día este ordenamiento en su esencia - y en qué radicaba su verdadera fuerza.